Incapacidad Permanente Absoluta por depresión recurrente en maestra de educación infantil

Si estás pensando en solicitar una incapacidad permanente absoluta por depresión, debes saber que no basta con tener un diagnóstico. Lo verdaderamente importante es acreditar que las limitaciones derivadas de la enfermedad impiden desempeñar cualquier trabajo con un mínimo de eficacia, continuidad y rendimiento. En este caso, conseguimos que una maestra de Educación Infantil obtuviera la Incapacidad Permanente Absoluta tras demostrar el agravamiento de su trastorno depresivo recurrente y sus cefaleas migrañosas, pese a que el INSS había decidido mantener únicamente una Incapacidad Permanente Total.

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En Abogados Cuatro hemos conseguido una nueva sentencia favorable en materia de incapacidad permanente absoluta, logrando que se reconozca el derecho de una trabajadora a percibir una pensión del 100% de su base reguladora tras acreditar que sus patologías psiquiátricas le impedían desarrollar cualquier actividad laboral con normalidad.

El caso afecta a una trabajadora cuya profesión habitual era maestra de educación infantil, a quien el INSS ya había reconocido previamente una incapacidad permanente total para su profesión habitual. Sin embargo, tras la revisión administrativa, el organismo mantuvo únicamente ese grado y rechazó reconocer la incapacidad permanente absoluta.

El problema: una incapacidad permanente total que no reflejaba la verdadera gravedad del caso

La trabajadora presentaba un cuadro de depresión recurrente de evolución tórpida, con importantes limitaciones para tareas que exigieran responsabilidad, atención, concentración, capacidad de decisión y relaciones interpersonales fluidas.

A pesar de esas limitaciones, el INSS consideró que procedía mantener solo la incapacidad permanente total, sin valorar adecuadamente que la evolución clínica impedía a la trabajadora reincorporarse no solo a su profesión habitual, sino a cualquier trabajo con unas mínimas exigencias de eficacia, continuidad y rendimiento.

Patologías acreditadas: depresión recurrente, episodio mayor prolongado y pérdida de autonomía funcional

Desde nuestro despacho defendimos que la situación clínica no había mejorado, sino que se había agravado de forma relevante. La prueba médica acreditó la existencia de un trastorno depresivo recurrente, con episodio actual mayor prolongado, cefaleas migrañosas de alta frecuencia con auras visuales, mayor carga farmacológica y pérdida de autonomía funcional.

Además, durante la evolución del proceso constaban episodios especialmente graves, incluida ideación autolítica e ingreso hospitalario, así como seguimiento psiquiátrico continuado. Este tipo de supuestos exige analizar la enfermedad desde una perspectiva laboral realista, especialmente en procedimientos de incapacidad permanente por depresión o por patologías de salud mental.

La clave del procedimiento: informe médico, prueba pericial y agravación del cuadro clínico

La sentencia dio especial relevancia al informe médico de revisión de incapacidad permanente, en el que se indicaba expresamente que la trabajadora no podía realizar actividades laborales.

También fue determinante el informe pericial aportado y ratificado en juicio, que concluyó que las patologías y limitaciones de la trabajadora justificaban la imposibilidad de reintegrarse a cualquier actividad laboral.

El juzgado entendió que existía una evolución negativa del cuadro clínico respecto de la situación existente cuando se reconoció la incapacidad permanente total, y que dicha agravación justificaba el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta.

Resultado: reconocimiento de la Incapacidad Permanente Absoluta y pensión del 100%

La demanda fue estimada y se declaró a la trabajadora en situación de Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad común, condenando al INSS a abonarle una pensión vitalicia equivalente al 100% de su base reguladora, fijada en 2.182,15 euros mensuales, con las mejoras y revalorizaciones legales correspondientes y efectos desde el 21 de noviembre de 2024.

Este resultado confirma la importancia de recurrir las resoluciones del INSS cuando no reflejan el alcance real de las dolencias, especialmente en casos de incapacidad permanente por enfermedad común y patologías psiquiátricas graves.

¿Te han denegado la incapacidad permanente absoluta?

Si el INSS te ha reconocido solo una incapacidad permanente total, te ha denegado la absoluta o no ha valorado correctamente tus informes médicos, en Abogados Cuatro podemos estudiar tu caso y valorar la viabilidad de una reclamación.

Nuestro equipo de abogados especialistas en incapacidad permanente analiza la documentación médica, la profesión habitual, las limitaciones funcionales y las posibilidades reales de obtener una pensión de incapacidad permanente.

Contacta con Abogados Cuatro y revisaremos tu caso.

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Luis Alfonso Iglesias García

Letrado ICAM 123.545

Abogado especializado en Derecho del Trabajo y Seguridad Social

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