ABOGADOS ESPECIALISTAS EN INCAPACIDAD PERMANENTE
Te ayudamos a conseguir tu pensión de incapacidad permanente
Consigue tu pensión de incapacidad permanente
Cuando una enfermedad o unas lesiones te impiden desarrollar tu trabajo con normalidad, la ley prevé la posibilidad de acceder a una pensión por incapacidad permanente dentro del sistema de la Seguridad Social.
El problema es que, en la práctica, muchas solicitudes son rechazadas en una primera fase, incluso cuando la persona presenta limitaciones médicas importantes para seguir trabajando.
En ABOGADOS CUATRO somos un despacho centrado en la defensa de trabajadores que necesitan solicitar o reclamar una incapacidad permanente. Estudiamos tu situación médica y profesional para determinar si cumples los requisitos y te acompañamos durante todo el procedimiento frente al INSS.
Si quieres saber si puedes acceder a una pensión de incapacidad, analizamos tu caso de forma gratuita y te damos una primera valoración en menos de 24 horas, explicándote con claridad las opciones que tienes.
Consulta gratuita
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Pasos para conseguir tu incapacidad permanente
Conoce las diferentes fases del proceso
Pasos para conseguir tu incapacidad permanente
Conoce las diferentes fases del proceso
INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL
Continúas en tu puesto de trabajo pero adaptado. Te indemnizan con 24 meses de tu base reguladora
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL
No te permite trabajar en en tu trabajo habitual concediéndose una pensión del 55% de tu base reguladora
INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA
No te permite trabajar en ninguna profesión concediéndose una pensión del 100% de tu base reguladora exenta de tributación
GRAN INVALIDEZ
Para aquellos que necesitan ayuda de una tercera persona concediéndose una pensión del 100% de tu base reguladora + complemento para ayuda de tercera persona
Publicado en Javier Fidalgo09/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Mi experiencia con el despacho de Luis Alfonso y su equipo me han ayudado en un proceso de incapacidad permanente de manera muy profesional y mucho conocimiento en esta materia han sido fundamentales para obtener un resultado positivo. Resultado favorable resolución por el INSS. Incapacidad permanente absoluta Sin necesidad de ir a juicio. Altamente recomendados a luis Alfonso y su equipo de profesionales. Muchas gracias por todoPublicado en Emilio Domingo Ortega18/09/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Les encargue un tema porque cuando me dieron el dinero de la incapacidad permanente tuve que tributar mucho mas de lo que yo creia porque eran rendimientos irregulares del trabajo. Me lo han llevado muy bien y la agencia tributaria me ha devuelto el dinero bastante rapido!Publicado en Pepe Sánchez15/09/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Agradecer a Luis y todo su equipo que hemos conseguido la incapacidad permanente absoluta. El trámite ha sido muy rápido. Desde el principio ha sido muy transparente, claro y siempre disponible para resolver cualquier duda. Ha sido todo un acierto y descubrimiento. Recomendable 100%. Gracias por todo Abogados Cuatro.Publicado en Asmaa Terrass28/07/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. I had a great experience working with Luis after I was unexpectedly laid off. From the very beginning, he was incredibly responsive always quick to answer my emails, and ready to explain things clearly. I was feeling overwhelmed and unsure about my rights, but he immediately put me at ease and took control of the situation. He reviewed my severance offer in detail, advised me on what I was entitled to, and handled all communication with my former employer. Thanks to his help, I was able to secure my severance. I genuinely felt like he had my back throughout the process. If you’ve been laid off and need someone who knows what they’re doing and genuinely cares about your outcome, I highly recommend Luis. Professional, efficient, and truly supportive.Publicado en S Z17/07/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Quiero expresar mi agradecimiento al Despacho de Abogados Cuatro, y en especial a los hermanos Luis Alfonso y Alberto, por su impecable labor y compromiso durante todo mi proceso legal. Gracias a su experiencia en su gran carrera profesional, su dedicación y un trato humano excepcional, conseguimos ganar una compleja demanda laboral que significaba mucho para mí, tanto a nivel profesional como personal. Desde el primer momento me sentí respaldada, comprendida y bien asesorada. Su claridad a la hora de explicar cada paso del proceso, su firmeza en la estrategia y su profesionalismo constante marcaron una gran diferencia. No solo son grandes abogados, sino también personas cercanas, honestas y comprometidas, que se involucran de verdad en cada caso y luchan por la justicia con convicción. Recomiendo sin ninguna duda este despacho a quien necesite defensa legal de calidad. ¡Gracias, Luis Alfonso y Alberto, por todo vuestro trabajo y apoyo! Volvería a ponerme en sus manos 100% en caso de necesitarlo y los recomiendo 100%Publicado en Mercedes Garcia05/05/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Contamos con los servicios de abogados4paea unctema de una incapacidad permanente total , y estamos muy contentos por haberla conseguido, finalmente. También me gestionaron después la presenracion declaración de la declaración de la renta por rendimientos irregulares del trabajo al reconoceremos IPT, y hacienda nos ha dado la razón en muy poco tiempo, muy contentos ,la verdad !. Todo con un trato excelente.Publicado en Manuel Lopez25/04/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Hola buenas,yo estoy muy contento,por un tema de discapacidad que tuve,ellos me lo resolvieron, y solucionaron pronto,muy serios y profesionales, graciasPublicado en Antonio Muñoz06/03/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Mi experiencia con Luis, Abogado Ha sido Extraordinaria, En un breve tiempo, Ha resuelto a mi favor la Incapacidad permanente total, Gracias a su labor y a su capacidad en este proceso, Me ayudado a conseguirlo, por todo ello mis felicitaciones y a,seguir consiguiendo resultados, a otras personasVerificado por: TrustindexLa insignia verificada de Trustindex es el símbolo universal de confianza. Solo las mejores empresas pueden obtener la insignia verificada si tienen una puntuación de revisión superior a 4.5, basada en las reseñas de clientes de los últimos 12 meses. Leer más
Calcula tu pensión de incapacidad permanente
FAQ
Preguntas frecuentes a los abogados de incapacidad permanente
Este es el primer obstáculo que se plantea tras la denegación de la incapacidad. Después de recibir la carta debes comunicarte con la empresa para informarles acerca de la denegación. Si aún no te han liquidado las vacaciones intenta que te permitan su disfrute en vez de su abono, así ganarás unos días más sin prestar servicios. Dicho esto, la mejor vía es la del despido por ineptitud sobrevenida, que conlleva una extinción el contrato teniendo derecho a una indemnización y a cobrar el paro. Bien es cierto que no todas las empresas están por la labor y habría que negociar con ellos la salida. Solicitar una nueva baja por otra patología sería otra opción, no obstante el INSS es muy reticente a otorgar esta nueva baja alegando que es la misma patología. Lo que hay que evitar es causar baja voluntaria y sobre todo impugnar la decisión del INSS lo más rápido posible para acortar plazos.
La respuesta es NO. La empresa después de los 545 días de baja por incapacidad temporal, debe suspenderte el contrato de trabajo, poniendo a disposición del trabajador la liquidación correspondiente. Después de ese año y medio se ha de presentar formulario de pago directo ante el INSS y en su caso también la correspondiente solicitud de incapacidad permanente.
Esta es una duda muy habitual. No es necesario estar de baja, pero es evidente que sin un proceso de incapacidad temporal de larga duración, será difícil acreditar que no puedes prestar servicios por las enfermedades que padezcas. Lo mejor es que si la empresa te puede reubicar en otro puesto de trabajo mientras se resuelve el proceso de incapacidad permanente lo haga.
No obstante, muchas empresas no tienen capacidad para adaptar al trabajador a otro puesto. En esos casos lo mejor es que en el momento de la vista del juicio el solicitante esté de baja, de lo contrario nos encontraríamos con que el abogado de la Seguridad Social alegará que en ese momento el trabajador está prestando servicios sin problema, lo cual es una contradicción evidente.
Lo primero que hay que averiguar es en qué momento del proceso de solicitud te encuentras. Si ya has pasado los 545 días de baja y el INSS te propone para incapacidad permanente, habrás agotado ya la vía de la solicitud de incapacidad permanente, y en caso de denegación deberás interponer reclamación previa y luego demanda. Si la vas a solicitar una incapacidad permanente debes tener en cuenta los siguientes plazos:
- Solicitud de incapacidad permanente: La incapacidad se puede solicitar en cualquier momento. Desde la solicitud hay que esperar 135 días hábiles para la contestación del INSS, si en ese plazo no se ha recibido contestación se entenderá denegada y será momento de interponer reclamación previa. En caso de que haya una resolución del INSS otorgará 30 días hábiles para la interposición de la reclamación previa.
Interposición de reclamación previa: El INSS mediante resolución acordará concesión de incapacidad permanente o denegación, en ambos casos si no se está de acuerdo con el grado de incapacidad concedido o por la denegación de la misma se podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional. En este caso habrá que dejar pasar 45 días hábiles para dar por desestimada tal reclamación por silencio administrativo.
Interposición de la demanda. Una vez resuelta la reclamación previa por contestación del INSS o por silencio administrativo, el INSS otorgará 30 días hábiles para la interposición de la demanda.
Por experiencia podemos decir que el informe de un médico especialista podrá dar fe, acreditar y explicar cuáles son las patologías que el trabajador padece y las limitaciones que estas generan. El informe podrá solicitarse a un médico forense a elección del solicitante o pedir al juzgado que oficie al médico forense adscrito al juzgado para que emita el informe correspondiente.
En nuestro caso contamos con un médico forense de absoluta confianza con el que acudimos a todas las vías judiciales y nos acompaña desde nuestros inicios.
Los médicos con los que nosotros trabajamos cobrarán alrededor de 450 euros por el informe pericial y la misma cantidad en el momento de la ratificación de su informe en el acto de juicio.
Normalmente, después de la concesión de la incapacidad permanente, se suele establecer un plazo de dos años para la revisión de la misma. En muchas ocasiones vemos como después de la concesión, a los pocos meses, el INSS rectifica y sin previa exploración retira la concesión de la incapacidad permanente.
La parte positiva de este proceso es que en la mayoría de ocasiones el cuadro patológico y las limitaciones de la concesión de la incapacidad permanente y su retirada son exactamente los mismos. Por ello, de cara a un proceso judicial se abre un camino mucho más sencillo, ya que para la retirada de la misma se ha de probar que ha habido una curación o mejoría de las patologías, cosa prácticamente improbable teniendo en cuenta la inexistente mejoría o curación.
En sí mismo esta pregunta no es tan habitual, pero sí que nos encontramos con que muchos clientes confunden el estar disconforme con un alta y el proceso de incapacidad permanente. Impugnar un alta por considerar que no puedes incorporarte a trabajar no será la solución a tu problema. La mejor vía es la de comenzar un proceso de incapacidad permanente si cumples los requisitos exigidos jurisprudencialmente.
Una incapacidad permanente, dependiendo el grado, te exigirá la acreditación de una serie de patologías que te limiten de cara a las funciones que realizas en tu puesto de trabajo habitual.
Además se deberán haber agotado todas las posibilidades terapéuticas, siendo estas de carácter paliativo, no encaminadas a curar la enfermedad sino a paliar el dolor que producen.
Hay dos tipos de despachos, los que por la grandísima cantidad de volumen que genera cobran a éxito, es decir, solamente cobran si ganan. Nuestro consejo es que antes de contratar un servicio de este tipo lo pienses dos veces, en primer lugar porque los honorarios a éxito suelen ser altísimos, cobran unas cuotas realmente excesivas aprovechando la poca liquidez del cliente.
La estrategia de estos despachos es que les contrates pensando que les importa mucho tu proceso porque si no ganas tú no ganan ellos pero la realidad es otra, y es que trabajan a volumen es decir, si llevas diez procesos y ganas uno, ya te ha salido rentable por los precios abusivos que se cobran.
Nosotros somos otro tipo de despacho y sí, cobramos unos honorarios fijos y otros variables, por dos cuestiones
¿Cuánto cuesta un abogado de incapacidad permanente?
En los procedimientos de incapacidad permanente existen dos formas de cobrar los honorarios. Por un lado se encuentran los despachos que trabajan exclusivamente a éxito, es decir, solo cobran si el procedimiento se gana.
Este sistema puede parecer atractivo en un primer momento, pero conviene entender bien cómo funciona. Siempre, los honorarios finales son realmente excesivos. Además, este tipo de modelos suele basarse en un gran volumen de casos, lo que implica que cada asunto se gestione con un margen de tiempo muchísimo limitado y de forma totalmente impersonal. La falta de liquidez del trabajador en el momento del contrato genera una deuda enorme con el despacho al final del proceso.
En ABOGADOS CUATRO preferimos un modelo diferente y más equilibrado para el cliente.
Nuestros honorarios se estructuran en dos partes: una cantidad fija y una parte variable vinculada al resultado.
Este sistema tiene varias ventajas importantes:
1. Compromiso real con tu procedimiento
El hecho de que exista una parte variable vinculada al éxito significa que nuestro interés está alineado con el tuyo: si el resultado es favorable, nosotros también lo somos.
2. Trabajo serio desde el primer momento
La parte fija permite dedicar el tiempo necesario a estudiar tu caso, analizar los informes médicos, preparar la estrategia jurídica y defender el procedimiento con el rigor que merece.
3. Transparencia y equilibrio
El cliente sabe desde el principio cuánto cuesta el servicio y evita porcentajes excesivos sobre la pensión o sobre atrasos que pueden resultar desproporcionados.
Abogados especialistas en incapacidad permanente
En ABOGADOS CUATRO, nos dedicamos a brindar un servicio legal de alta calidad en el área de la incapacidad permanente. Como abogados especialistas, poseemos una amplia experiencia y conocimientos profundos en la normativa y procedimientos relacionados con la incapacidad laboral.
Entendemos que enfrentarse a una situación de incapacidad puede ser un proceso estresante y complejo. Por ello, en Abogados Cuatro nos comprometemos a ofrecer un asesoramiento personalizado y una representación efectiva para garantizar que nuestros clientes obtengan los beneficios y derechos que les corresponden.